OBJETIVO
Mejorar la calidad de vida de las familias cuidadoras así como procurar la permanencia y la conclusión del tratamiento de menores con cáncer a través del otorgamiento de un apoyo económico directo.
POBLACIÓN BENEFICIADA
Madres, padres, personas tutoras y/o personas cuidadoras de menores con cáncer que estén en tratamiento o vigilancia médica hasta por tres años dentro de Michoacán.
REQUISITOS
- Residencia en el estado de Michoacán, de cuando menos un año continuo previo al inicio del diagnóstico de la patología del menor.
- Que el o la menor a cargo tenga edad inferior a los 17 años 11 meses, y sea parte del padrón de niños y niñas atendidos en hospitales públicos.
- Copia legible de identificación oficial vigente de la madre, padre, persona tutora o persona cuidadora.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona solicitante.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) del menor.
- Copia legible de comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a tres meses.
- Requisitar los formatos de solicitud del programa.
- Presentar en original el Certificado Médico Oncológico Pediátrico emitido por la instancia de salud pública y por el médico tratante.
- En caso de las Familias michoacanas que atiendan a sus menores en alguna instancia médica pública de otros estados, deberán cumplir con los requisitos antes mencionados y comprobar la residencia en el Estado de Michoacán de cuando menos un año de haber comenzado el tratamiento.
REQUISITOS PARA EL PAGO DE MARCHA
- Estar inscrito al programa.
- Solicitud por escrito de la madre, padre, persona tutora o persona cuidadora, dirigido a la persona titular de la Secretaría del Bienestar, en un plazo no mayor a 10 días naturales después del fallecimiento.
- Copia del acta de defunción de la o el menor.
APOYO
A Familias cuidadoras la cantidad de $4,000.00 mensuales mientras la o el menor esté en tratamiento o en vigilancia hasta por tres años de terminado el tratamiento en las áreas de oncología pediátrica de las Instancias de Salud Públicas.
Pago único de $4,000.00 en el caso del fallecimiento de la o el menor beneficiario del programa.
El apoyo se otorgará de manera mensual, de acuerdo con la actualización del padrón que reporten las instancias de salud pública.
DUDAS Y QUEJAS
Las dudas y/o quejas sobre la operación, entrega de apoyos o algún otro aspecto del programa, podrán ser presentadas en el domicilio ubicado en Avenida Lázaro Cárdenas, número 1016, Colonia Ventura Puente, en Morelia, Michoacán y por medio de la página electrónica www.bienestar.michoacan.gob.mx o vía telefónica al 4433109300.
REGLAS DE OPERACIÓN