PROGRAMA PARA EL BIENESTAR DE FAMILIAS CUIDADORAS DE NIÑAS Y NIÑOS CON CÁNCER

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OBJETIVO

Mejorar la calidad de vida de las familias cuidadoras así como procurar la permanencia y la conclusión del tratamiento de menores con cáncer a través del otorgamiento de un apoyo económico directo.

POBLACIÓN BENEFICIADA

Madres, padres, personas tutoras y/o personas cuidadoras de menores con cáncer que estén en tratamiento o vigilancia médica hasta por tres años dentro de Michoacán.

REQUISITOS

  1. Residencia en el estado de Michoacán, de cuando menos un año continuo previo al inicio del diagnóstico de la patología del menor.
  1. Que el o la menor a cargo tenga edad inferior a los 17 años 11 meses, y sea parte del padrón de niños y niñas atendidos en hospitales públicos.
  1. Copia legible de identificación oficial vigente de la madre, padre, persona tutora o persona cuidadora.
  1. Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona solicitante.
  1. Clave Única de Registro de Población (CURP) del menor.
  1. Copia legible de comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a tres meses.
  1. Requisitar los formatos de solicitud del programa.
  1. Presentar en original el Certificado Médico Oncológico Pediátrico emitido por la instancia de salud pública y por el médico tratante.
  1. En caso de las Familias michoacanas que atiendan a sus menores en alguna instancia médica pública de otros estados, deberán cumplir con los requisitos antes mencionados y comprobar la residencia en el Estado de Michoacán de cuando menos un año de haber comenzado el tratamiento.

REQUISITOS PARA EL PAGO DE MARCHA

  1. Estar inscrito al programa.
  1. Solicitud por escrito de la madre, padre, persona tutora o persona cuidadora, dirigido a la persona titular de la Secretaría del Bienestar, en un plazo no mayor a 10 días naturales después del fallecimiento.
  1. Copia del acta de defunción de la o el menor.

APOYO

A Familias cuidadoras la cantidad de $4,000.00 mensuales mientras la o el menor esté en tratamiento o en vigilancia hasta por tres años de terminado el tratamiento en las áreas de oncología pediátrica de las Instancias de Salud Públicas.

Pago único de $4,000.00 en el caso del fallecimiento de la o el menor beneficiario del programa.

El apoyo se otorgará de manera mensual, de acuerdo con la actualización del padrón que reporten las instancias de salud pública.

DUDAS Y QUEJAS

Las dudas y/o quejas sobre la operación, entrega de apoyos o algún otro aspecto del programa, podrán ser presentadas en el domicilio ubicado en Avenida Lázaro Cárdenas, número 1016, Colonia Ventura Puente, en Morelia, Michoacán y por medio de la página electrónica www.bienestar.michoacan.gob.mx o vía telefónica al 4433109300.

REGLAS DE OPERACIÓN

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